Abogados de tenencia de menores en Colorado
Cómo funciona la tenencia de menores en Colorado:
En casos de divorcio o separación que involucran a niños, existen dos elementos principales que la mayoría de las personas conocen: Tenencia y manutención de menores.
Tenencia del niño
Determinar la cantidad de tiempo que su hijo vivirá con usted. Esto se basa en múltiples factores y en un proceso de decisión conjunta de ambos padres.
Manutención de menores
Determinar la cantidad de dinero que su pareja debe pagarle para apoyar las necesidades de su hijo. Esto se basa en cuánto gana cada parte de la pareja por mes y en el cálculo bruto anual de las deducciones y los gastos mensuales.
En el estado de Colorado, la asignación de la tenencia de los padres se divide en los dos temas de “Toma de decisiones” y “Tiempo de crianza”. Estos se refieren a las responsabilidades parentales que se otorgarán a cada padre (que incluye la manutención de los menores) y las
decisiones sobre dónde el menor o los menores pasarán su tiempo (o la tenencia de los menores).
El matrimonio en virtud del derecho consuetudinario también se reconoce en el estado de Colorado, lo que significa que incluso las parejas que no se han casado legalmente se consideran parejas casadas a los ojos del tribunal. Esto tiene en cuenta el caso de tenencia de menores y también puede crear un problema por separado de mantenimiento comúnmente conocido como “alimentos” que debe acordarse en el caso de separación.
Cómo toman los tribunales las decisiones de tenencia de menores
Cuando se lleva un caso de tenencia de menores a un tribunal, hay varios factores que influyen en la decisión del Juez. Nuestros abogados de tenencia de menores estarán a su lado para asegurarse de que su caso se maneje correctamente y que logremos el mejor resultado posible para sus hijos.
- Los deseos del niño, si es lo suficientemente maduro como para expresar preferencias fundadas e independientes en cuanto al cronograma de crianza;
- La interacción e interrelación del niño con sus padres, sus hermanos y cualquier otra persona que pueda afectar significativamente los mejores intereses del niño;
- El ajuste del niño a su hogar, escuela y comunidad;
- La salud mental y física de todas las personas involucradas, con la excepción de que una discapacidad no será por sí sola un fundamento para denegar o restringir el tiempo de crianza;
- La capacidad de las partes de alentar el intercambio de amor, afecto y contacto entre el niño y la otra parte;
- Si el patrón pasado de participación de las partes con el menor refleja un sistema de valores, compromiso de tiempo y apoyo mutuo;
- La proximidad física de las partes entre sí en relación con las consideraciones prácticas del tiempo de crianza;
- Si una de las partes ha sido perpetradora de abuso o negligencia infantil en virtud de la sección 18-6-401, C.R.S., o en virtud de la ley de cualquier estado, cuyo factor estará respaldado por pruebas creíbles;
- La capacidad de cada parte de anteponer las necesidades del niño a sus propias necesidades.
- El tribunal, tras la moción de cualquiera de las partes o su propia moción, asignará las responsabilidades de toma de decisiones entre las partes en función de los mejores intereses del menor.
- Evidencia creíble de la capacidad de las partes para cooperar y tomar decisiones conjuntas;
- Si el patrón pasado de participación de las partes con el niño refleja un sistema de valores, compromiso de tiempo y apoyo mutuo que indicaría una capacidad como tomadores de decisiones mutuos para proporcionar una relación positiva y nutritiva con el niño;
- Si una asignación de responsabilidad mutua de toma de decisiones sobre uno o varios asuntos promoverá un contacto más frecuente o continuo entre el menor y cada una de las partes;
- En caso de una emergencia médica, cualquiera de las partes podrá obtener el tratamiento médico necesario para el menor o los niños sin violar la orden que asigna la responsabilidad de la toma de decisiones o en desacato al tribunal.
- Para implementar una orden que asigne responsabilidades parentales, ambas partes pueden presentar uno o más planes de crianza para la aprobación del tribunal que aborden tanto el tiempo de crianza como la asignación de responsabilidades de toma de decisiones. Si no se presenta un plan de crianza o si el tribunal no aprueba un plan de crianza presentado, el tribunal, por su propia moción, formulará un plan de crianza que abordará el tiempo de crianza y la asignación de responsabilidades de toma de decisiones.
- Si una de las partes ha sido perpetradora de abuso o negligencia de menores en virtud de la sección 18-6-401, C.R.S., o en virtud de la ley de cualquier estado, cuyo factor estará respaldado por pruebas creíbles. Si el tribunal determina que una de las partes ha sido perpetradora de abuso o negligencia de menores, entonces no será lo mejor para el niño asignar la toma de decisiones mutua con respecto a cualquier asunto sobre la objeción de la otra parte o del representante legal del niño.
- Si una parte se ausenta o abandona su hogar debido a un acto o amenaza de acto de violencia doméstica cometido por la otra parte, dicha ausencia o salida no será un factor para determinar los mejores intereses del niño.